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ARCA elimina la exigencia de habilitación municipal para depósitos fiscales y exportación en planta

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó hoy en el Boletín Oficial la Resolución General 5845/2026, mediante la cual se introducen modificaciones relevantes en materia de habilitación de depósitos fiscales y adhesión al régimen de cargas de exportación en planta.

La medida modifica las Resoluciones Generales 4352 y 5721 y se enmarca dentro del proceso de simplificación normativa impulsado por el Poder Ejecutivo Nacional, orientado a reducir cargas administrativas, eliminar requisitos considerados redundantes y promover una mayor facilitación del comercio exterior.

Eliminación de la habilitación municipal como requisito documental

Uno de los principales cambios introducidos por la norma consiste en la eliminación de la obligación de presentar habilitaciones municipales ante la autoridad aduanera como condición para:

  • La habilitación de depósitos fiscales.
  • La adhesión al régimen de cargas de exportación en planta.

Hasta la entrada en vigencia de esta resolución, los operadores debían acompañar documentación emitida por autoridades municipales o jurisdiccionales competentes, acreditando la habilitación del establecimiento o planta involucrada.

A partir de ahora, dicha exigencia documental será reemplazada por una declaración presentada por el propio solicitante, mediante la cual deberá manifestar que el ámbito resulta idóneo para la actividad desarrollada y que cumple con la normativa municipal, provincial y nacional aplicable.

En el caso de los depósitos fiscales, la nueva redacción exige una declaración donde el operador manifieste que el lugar a habilitar resulta apto para el tipo y clase de mercadería a almacenar.

Por su parte, para el régimen de cargas de exportación en planta, se requerirá una declaración jurada respecto de la aptitud de la planta para el tipo de mercadería a exportar y el cumplimiento de la normativa vigente.

Objetivos de la medida

De acuerdo con los considerandos de la resolución, ARCA sostiene que la modificación busca evitar duplicidades administrativas y reducir costos operativos para los operadores de comercio exterior.

Asimismo, el organismo destaca que la medida forma parte de la revisión integral de registros y regímenes que puedan obstaculizar la agilización de los procesos aduaneros y la facilitación del comercio.

En ese sentido, la resolución se vincula con los lineamientos establecidos en el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 y con el Decreto 90/2025, normas que impulsan la revisión y eliminación de regulaciones consideradas obsoletas, innecesarias o generadoras de sobrecostos para el sector productivo.

La obligación de cumplir normas locales continúa vigente

La resolución aclara expresamente que la eliminación de este requisito documental no implica una dispensa respecto del cumplimiento de las normas municipales, provinciales o nacionales aplicables.

Es decir, los operadores continúan obligados a contar con las habilitaciones y autorizaciones que correspondan conforme la normativa local vigente, aunque ya no deberán presentarlas ante ARCA como parte del trámite administrativo nacional.

De esta manera, el organismo elimina la duplicación documental en sede aduanera, manteniéndose intactas las competencias de las jurisdicciones locales.

Cambios en la vigencia de la habilitación para exportación en planta

La Resolución General 5845/2026 también incorpora modificaciones respecto de la vigencia de la adhesión al régimen de cargas de exportación en planta.

La norma establece que, una vez cumplidos los requisitos correspondientes, las jefaturas aduaneras autorizarán la adhesión mediante el dictado del acto administrativo pertinente, indicando fecha de inicio y finalización de la habilitación otorgada.

En este punto, se fija expresamente un plazo de vigencia de CINCO (5) años para las habilitaciones concedidas.

No obstante, se aclara que la vigencia operativa registrada en el Sistema Informático MALVINA (SIM) quedará condicionada a la duración del contrato o certificado habilitante correspondiente, tomándose como referencia la fecha de vencimiento que resulte anterior.

Entrada en vigencia

La Resolución General 5845/2026 entró en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

La medida representa un nuevo avance dentro del proceso de desburocratización y simplificación de trámites vinculados al comercio exterior, particularmente en materia de logística, almacenamiento y operaciones de exportación.

Fuente: Resolución General 5845/2026 – Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

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